sábado, 23 de agosto de 2008

Movilidad

Cros.: ante inquietudes planteadas por compañeros respecto al proyecto de ley sobre la movilidad de los haberes previsionales ACLARAMOS:

1- dicho proyecto se refiere al sistema NACIONAL que regula los beneficios que otorga ANSES por el régimen general. El régimen especial docente nacional ya cuenta con movilidad otorgada por la ley 24016 plenamente vigente. Incluso dos fallos de la Corte Superma Nacional ("Gemelli" y "Massani") lo reconocen expresamente. Por lo tanto el proyecto de ley que tramita en el Congreso Nacional no involucra al sector docente, que ve impedida la movilidad no por falta de marco legal sino por la arbitrariedad del Poder Ejecutivo Nacional que obliga a ir a juicio para obtenerla.

2- No tiene nada que ver con los beneficios que otorga IPS que tienen movilidad plena.

3- Respecto del Convenio 400 de "armonización" entre nación y provincia de Buenos Aires (firmado el 12 de octubre de 2004), contra el que venimos luchando desde antes que se firmara, y que reiteradamente genera rumores de "inminente traspaso de IPS a ANSES" o cambios en el sistema provincial, reitero lo expresado en un comunicado anterior:

Chequeamos en la legislatura y no existen a la fecha, en la cámara de Diputados ni en la de Senadores, proyectos que justifiquen alarma.

No obstante también en forma preventiva, pedimos entrevista al Presidente del IPS, porque además queremos conocer de su palabra la situación del organismo que también seguimos a través de la información que publica la Contaduría General de la Provincia.

Cabe aclarar que desde que se firmó el convenio entre nación y provincia pasaron dos hechos que juegan a nuestro favor para oponernos a la armonización:

a - la recuperación del régimen previsional nacional docente que, fija el 82% con 25 años de servicios, si bien con una edad mayor que la provincia pero con cinco años menos de aportes, ya que en el sistema provincial el máximo jubilatorio se obtiene con 30 años de servicio.

b - la sanción de la ley de paritaria docente provincial que, en el marco de la constitución provincial, considera nula toda modificación unilateral de las condiciones de trabajo, y las condiciones de egreso las consideramos parte de las mismas.

En síntesis seguimos alertas y llevamos tranquilidad sobre la base de la confianza en la capacidad de respuesta que tenemos en el caso que quieran cercenar alguno de nuestros derechos previsionales. En ese sentido también conocemos que los otros sindicatos del Frente Gremial y de la CTA comparten el mismo objetivo.

Esta información la envío para que la manejemos los compañeros del sindicato ya que, salvo mejor opinión, no considero conveniente responder públicamente a un rumor, excepto en términos de nuestra defensa irrestricta del régimen de jubilaciones y de nuestra caja, el IPS, planteando como siempre la reivindicación que dicho organismo sea administrado por los trabajadores que son sus dueños.

Walter Ormazábal-Secretario de Jubilaciones del SUTEBA

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