sábado, 11 de julio de 2009

Fallo clave: para calcular la jubilación valen los pagos "no remunerativos"


En un fallo de gran trascendencia, la Sala I de la Cámara de la Seguridad Social confirmó una sentencia de primer grado que ordenó que se computen los aumentos salariales "no remunerativos" para el cálculo de la jubilación. Los camaristas sostienen que de esta forma se da cumplimiento a "la razonable proporcionalidad que debe existir entre el sueldo en actividad y el haber de retiro". El fallo tiene gran impacto porque, como es sabido, tanto el gobierno como las empresas otorgaron y siguen otorgando aumentos "no remunerativos", sobre los cuales ni la empresa ni el trabajador realizan contribuciones y aportes a la jubilación y no se consideran el cálculo del aguinaldo o de otros beneficios laborales.Es una práctica extendida y consentida por el Gobierno, pero que impacta sobre las jubilaciones. Ocurre que, como la Seguridad Social no toma en cuenta esas sumas para calcular el monto de la jubilación, surge un haber más bajo con relación a los ingresos que tuvo como trabajador activo.Por eso, los especialistas sostienen que se trata de una jurisprudencia de gran impacto ya que muchos jubilados y retirados podrían reclamar el mismo tratamiento.La demanda la presentó Ramón Chanampa, un empleado de las Fuerzas Armadas que se quejó porque, por la vía de sumas no remunerativas, el personal en actividad tuvo varios incrementos salariales que no se extendieron a los haberes jubilatorios.Ante esa situación, reclamó que en la proporción que corresponda, esos incrementos se incorporaran al monto de la jubilación.


Fuente:Clarín

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